Las exigencias de la ley para reconocer a un partido político
La Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos establece como causal de disolución el no alcanzar el cinco por ciento de los votos en diputados o no elegir al menos cuatro parlamentarios.
Por Juan Rifo - BCN
El pasado viernes 29 de enero, el Diario Oficial publicó el dictamen del Servicio Electoral en que ordena la cancelación de las inscripciones en el registro de partidos políticos de siete colectividades que en las últimas elecciones parlamentarias no lograron los resultados mínimos que exige la ley, para ser reconocidos formalmente.
Por no superar el cinco por ciento de los votos en la elección de diputados del 13 de diciembre o por no elegir a lo menos cuatro parlamentarios, los partidos afectados por la medida son los siguientes:
*Partido Comunista de Chile
*Partido Humanista
*Partido Ecologista
*Fuerza País
*Partido Izquierda Cristiana de Chile
*Chileprimero
*Movimiento Amplio Social
Efectivamente, la Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos establece que una de las causales por las que una colectividad puede disolverse es “no alcanzar el cinco por ciento de los sufragios válidamente emitidos en una elección de diputados”, en al menos ocho regiones o tres regiones contiguas.
Y aclara que esta situación sólo podría obviarse en caso que un partido político no cumpla con el porcentaje mencionado, pero sí elija “al menos cuatro parlamentarios, sean diputados o senadores”.
Sin embargo, ninguno de los partidos anteriormente citados logró ni lo uno ni lo otro. El Partido Comunista sólo consiguió tres cupos en la Cámara de Diputados, lo que tampoco le alcanza para evitar su cancelación.
Tras realizar el escrutinio general de la elección parlamentaria, realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones (TRICEL), el Servicio Electoral recibe los resultados finales de los comicios y en base a dicha información emite su dictamen.
La cancelación se hará efectiva 90 días después de comunicado el escrutinio final (22 de abril) y dentro de este plazo, los partidos políticos podrán fusionarse para sumar sus votos y reunir así el cinco por ciento requerido o iniciar posteriormente a esta fecha, el proceso de recolección de firmas ante notario para volver a inscribirse en los registros electorales.
El Partido Comunista ya había pasado por esta situación tras la elección parlamentaria de 1993, donde obtuvieron el 4,99 por ciento de los votos en diputados y tampoco eligieron parlamentarios. Hoy día, el resultado que obtuvieron en las elecciones de diciembre fue de apenas 2,02 por ciento y los tres diputados que lograron sumar en el Congreso no es suficiente según la ley.
El presidente de dicha colectividad y diputado electo por el distrito 28, Guillermo Tellier, manifestó que “era imposible superar el cinco por ciento de votos porque apenas llevamos nueve candidatos, dentro del pacto firmado con la Concertación. Aún así, me parece absurdo tener tres parlamentarios y quedar en situación de ilegales o con el partido disuelto. Nosotros igual vamos a recolectar las firmas para volver a inscribirnos, eso es un hecho, no es ése el problema. El punto es que para los partidos que son minoritarios no se les dan las facilidades para estar representados en el Parlamento”.
El dirigente recordó que en 1993 el Partido Radical tampoco obtuvo el porcentaje suficiente de votos, pero como había elegido dos diputados y contaba con cuatro senadores, se modificó la ley para agregarle la alternativa del mínimo de cuatro parlamentarios para seguir vigente como partido.
“Hay partidos que hace poco más de tres o cuatro meses terminaron de reunir sus firmas para poder inscribirse y participar en las elecciones, expresando también una voluntad ciudadana, pero pareciera que la ley se burla de esa voluntad porque prácticamente todos esos partidos ahora tienen que disolverse”, lamentó.
Tellier y el Partido Comunista buscan impulsar una reforma legal de rápida tramitación para que todos los partidos políticos que cuenten con representación en el Congreso, permanezcan reconocidos legalmente.
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